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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0033/2019-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0033/2019-S2

    Fecha: 25-Mar-2019

    III.

    III. En los casos que la o el Juez disponga la incautación de bienes inmuebles y éstos no cuenten con partida de registro en Derechos Reales, ordenará el registro preventivo del bien inmueble a nombre de DIRCABI, hasta que se determine el destino final del bien, debiendo procederse a su registro definitivo a favor del Estado a nombre del CONALTID, en caso de confiscación.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
    • 2.
    • 1) las autoridades judiciales
    • III.
    • II.
    • III.3.
    • CONFIRMAR

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