Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2019-S1
Fecha: 25-Mar-2019
I.1.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela y en consecuencia, se ordene que la funcionaria demandada en el plazo de veinticuatro horas remita informe y antecedentes a la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, aclarando que el Ministerio Público también es parte apelante contra la Resolución 157/2018 de 25 de septiembre; además se ordene a la nombrada Sala una vez recepcione la aclaración de quienes son las partes apelantes, señale la respectiva audiencia para resolver las impugnaciones planteadas.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1.
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Se trata de un mecanismo de defensa constitucional extraordinario de carácter preventivo, correctivo y reparador, instituido para la protección inmediata y efectiva de los derechos fundamentales a la libertad física como de locomoción en casos de detenciones, persecuciones, apresamientos o procesamientos ilegales o indebidos por parte de servidores públicos o de personas particulares; así como a la vida, cuando esté en peligro
- Ahora bien, el segundo pilar que estructura el contenido esencial de esta garantía, se encuentra configurado por sus presupuestos de activación, que al amparo del art. 125 de la CPE, se resumen en cuatro: a) Atentados contra el derecho a la vida; b) Afectación de los derechos a la libertad física como a la libertad de locomoción; c) Acto y omisión que constituya procesamiento indebido; y, d) Acto u omisión que implique persecución indebida”
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR