Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0066/2019-S3
Fecha: 15-Mar-2019
Fragmento 11
El impetrante de tutela alega, que hasta la fecha de presentación de esta acción tutelar -29 de octubre de 2018-, la Jueza demandada, no señaló audiencia para considerar su solicitud de cesación de la detención preventiva, soslayando el término establecido por norma, aspecto que considera como dilatorio a la resolución de su situación jurídica y que en su criterio constituye la causa de lesión de sus derechos.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- III.
- acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- este tipo de acción se activa para reparar las lesiones al derecho a la libertad ante demoras injustificadas que perjudican a la persona privada de la misma,
- es posible activar la vía constitucional, mediante acción de libertad traslativa o de pronto despacho, con la única condición que dicha demora tenga repercusión directa con el derecho a la libertad del encausado,
- Fragmento 11
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR