SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0097/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0097/2019-S3

Fecha: 15-Mar-2019

denegó

El Tribunal de Sentencia Penal Segundo de Cobija del departamento de Pando, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 09/2018 de 15 de noviembre, cursante de fs. 21 a 22 vta., denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: i) En el formulario de diligencias, se establece que el accionante fue notificado con el proveído de 10 de octubre de 2018, el cual no existe, ya que se tiene el decreto de 4 del citado mes y año, error de dicho formulario que fue reconocido por la autoridad demandada, sin embargo, aclaró que el nombrado conoce la liquidación conforme los actuados efectuados; ii) De la revisión del proceso dilucidado, advirtieron que anterior a la diligencia referida, el peticionante de tutela fue notificado con otra liquidación el 4 de octubre de 2018, “fs.198” en tablero judicial, según señaló su domicilio procesal; aclarando que la demandante -del proceso familiar- presentó el 9 del mismo mes y año, el memorial de dicha liquidación, misma que fue providenciada con “…'04 de octubre de 2018'…” (sic), error en la fecha de ese decreto, que se trató de enmendar con el formulario de diligencia que figura como 10 de igual mes y año; y, iii) Si bien existe error en el aludido formulario, materialmente apreciaron que el peticionante de tutela fue notificado con las liquidaciones conforme procedimiento, puesto que posterior a ello, el 17 de octubre de 2018, la demandante solicitó se intime al nombrado el pago de la liquidación devengada, mereciendo la providencia de 19 del mismo mes y año, conminando su cumplimiento bajo advertencia de expedirse mandamiento de apremio en su contra, siendo comunicado al accionante el 23 del citado mes y año en el tablero judicial, tal cual señaló como domicilio procesal.