Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0053/2019-CA
Fecha: 01-Abr-2019
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
No firma la MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas, Magistrada del Tribunal Constitucional Plurinacional, quien interviene en suplencia legal del Magistrado, Orlando Ceballos Acuña, en virtud a los Acuerdos Jurisdiccionales TCP-SP-AJ-006/2019 de 15 de marzo; y, TCP-SP-AJ-007/2019 de 1 de abril, por no compartir la decisión asumida.
- promovió
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- a)
- rechazó
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- podrá ser presentada
- el peticionante debe efectuar una fundamentación clara y precisa, acorde a las exigencias establecidas en el Código Procesal Constitucional, en la medida que esta jurisdicción adquiera duda razonable sobre la presunta inconstitucionalidad de la norma legal impugnada
- fundamentación exigida en el art. 24.I.4 del CPCo, cuyo incumplimiento es sancionado con el rechazo de la acción, conforme estipula el art. 27.II. inc. c) del mismo Código
- es imprescindible que la autoridad judicial o administrativa exprese el razonamiento que le conduce a cuestionarlas
- II.4. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR
- Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.