Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0083/2019-RCA
Fecha: 01-Abr-2019
COMISIÓN DE ADMISIÓN
No firma la MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas, Magistrada del Tribunal Constitucional Plurinacional, quien interviene en suplencia legal del Magistrado, Orlando Ceballos Acuña, en virtud a los Acuerdos Jurisdiccionales TCP-SP-AJ-006/2019 de 15 de marzo; y, TCP-SP-AJ-007/2019 de 1 de abril, por no compartir la decisión asumida.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- improcedencia
- 1)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- al momento de admitir la acción, deberá verificar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad previstos en el referido art. 33 del CPCo, y ante su incumplimiento dispondrá su subsanación en el plazo de tres días a partir de su notificación, en caso de que se haya cumplido el plazo y la observación efectuada no sea subsanada, se tendrá por no presentada la acción
- en primer lugar
- II.3. Análisis del caso concreto
- e)
- COMISIÓN DE ADMISIÓN