AUTO CONSTITUCIONAL 0094/2019-RCA
Fecha: 09-Abr-2019
II.3. Improcedencia del amparo constitucional frente a actos consentidos
La SC 0095/2010-R de 4 de mayo estableció que: “…la SC 1667/2004-R 14 de octubre, al respecto establece ‘(…) Esta causal que debe entenderse objetivamente como cualquier acto o acción que el titular del derecho fundamental realice ante la autoridad o particular que supuestamente lesionó el mismo, como también ante otra instancia, dejando advertir o establecer claramente que acepta o consiente de manera voluntaria y expresa la amenaza, restricción o supresión a sus derechos y garantías fundamentales, de modo que no siempre podrá exigirse un acto en el que el titular manifieste textualmente y por escrito que acepta libre y expresamente el acto ilegal u omisión indebida, sino que ello podrá deducirse con los elementos de juicio suficientes del accionar que el titular hubiera tenido a partir de la supuesta lesión de la que hubiesen sido objeto sus derechos y garantías constitucionales’.
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- I.4. Resolución de la Sala Constitucional
- no presentada
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- en caso de que se haya cumplido el plazo y la observación efectuada no sea subsanada, se tendrá por no presentada la acción
- la exigencia de exposición de los hechos, la identificación de los derechos o garantías que se consideren vulnerados y el petitorio establecidos en el art. 33 del CPCo, si bien son requisitos que deben ser cumplidos necesariamente antes de su admisibilidad y en caso de no subsanarse en el plazo de tres días, corresponderá tenerla por no presentada de acuerdo al art. 30 del mismo cuerpo legal; empero, la exigencia de exponer el nexo de causalidad entre estos, al ser una exigencia de fondo, podrá ser enmendada incluso en la audiencia de garantías a tiempo fundamentar su acción tutelar;
- II.3. Improcedencia del amparo constitucional frente a actos consentidos
- la manifestación de la voluntad debe demostrar, de manera indubitable, el consentimiento a la amenaza o lesión a algún derecho fundamental’
- Fragmento 11
- nexo de causalidad