Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0106/2019-RCA
Fecha: 17-Abr-2019
a)
Solicita se conceda la tutela, disponiendo: a) Dejar sin efecto el Auto de 31 de octubre de 2018, que determinó el embargo preventivo de la fianza económica que depositó y las autoridades demandadas ordenen su notificación personal con la solicitud de embargo preventivo; b) En caso de negativa, se ordene su notificación personal con el Auto de 31 de octubre de 2018; y, c) Se condene al pago de costas y garantice la reparación integral, producto de los actos lesivos ocasionados en su contra.
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- rechazó in limine
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. Sobre el carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- siempre que el ordenamiento jurídico ordinario no prevea un medio idóneo y expedito para reparar la lesión producida
- a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación y b) cuando no se utilizó un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico;
- II.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR