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    AUTO CONSTITUCIONAL 0106/2019-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0106/2019-RCA

    Fecha: 17-Abr-2019

    I.2. Derechos supuestamente vulnerados

    Considera lesionados sus derechos al debido proceso en sus vertientes a la “seguridad jurídica”, a ser oído, a la defensa, a la impugnación y a la propiedad privada, citando al efecto los arts. 56.I y II, 117.I de la Constitución Política del Estado (CPE); y, 21.1 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

    • acción de amparo constitucional
    • I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
    • I.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • rechazó in limine
    • i)
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal
    • II.2.  Sobre el carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
    • siempre que el ordenamiento jurídico ordinario no prevea un medio idóneo y expedito para reparar la lesión producida
    • a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación y              b) cuando no se utilizó un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico;
    • II.3.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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