ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0099/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0099/2019-S2

Fecha: 05-Abr-2019

Fragmento 20

De acuerdo a la jurisprudencia glosada en los Fundamentos Jurídicos  III.1. y III.2. de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, tanto las resoluciones de primera instancia como las de apelación, deben tener una adecuada fundamentación y motivación, que cuenten con las razones por las cuales las autoridades judiciales consideran que se presentan los requisitos previstos en el art. 233 del CPP para la procedencia de la detención preventiva; por lo que, dichos aspectos deben ser considerados  por las autoridades judiciales a momento de emitir un Auto, mediante el cual se disponga la medida cautelar de detención preventiva, que afecta el derecho a la libertad del imputado. Asimismo, deben considerar los mandatos constitucionales y legales que la regulan; vale decir que, esa mediada debe ser dispuesta previa verificación de los requisitos establecidos tanto por la Norma Suprema como por el código adjetivo penal.