La suscrita Magistrada expresa Voto Aclaratorio respecto del art. 48 y la Disposición Transitoria Cuarta de la DCP 0024/2019 de 3 de abril, correlativa a la DCP 0140/2015 de 16 de julio, conforme a los siguientes argumentos:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

La suscrita Magistrada expresa Voto Aclaratorio respecto del art. 48 y la Disposición Transitoria Cuarta de la DCP 0024/2019 de 3 de abril, correlativa a la DCP 0140/2015 de 16 de julio, conforme a los siguientes argumentos:

Fecha: 03-Abr-2019

Art. 48. (Pérdida de mandato del Alcalde o Alcaldesa).

Art. 48. (Pérdida de mandato del Alcalde o Alcaldesa). Se perderá el mandato cuando se tenga sentencia condenatoria ejecutoriada en materia penal; exista renuncia expresa de forma escrita y personal a su mandato; y abandono injustificado de sus funciones por más de 6 días de trabajo continuo y 11 descontinuos en el año”.