SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2019

Fecha: 24-Abr-2019

II.3.

II.3.    El 15 de abril de 2016, el Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de Apolo, mediante Resolución Municipal HCMA-040/2016 de la misma fecha, estableció la legalidad de la propiedad denominada “Quinta Otalora” en favor de sus titulares María Teresa Montaño Molina y Ruth Rina Montaño de Ambrose, conforme a la documentación presentada en calidad de prueba pre constituida, no susceptible de duda ni impugnación alguna, quedando consolidada la extensión de 36,56 ha, conforme al título de propiedad con folio real 2.07.1.01.0000292 de 10 de julio de 1990. Asimismo, dispuso que en aplicación de la Ordenanza Municipal         (OM) 42/2007 de 20 de diciembre, la referida propiedad ahora denominada Urbanización Juan Pablo II, debe acogerse al proceso de división y partición o fraccionamiento de lotes de terreno, debiendo las propietarias o su representante otorgar las minutas de transferencia para el correspondiente perfeccionamiento de la propiedad de derecho propietario de lotes de terreno para todos los que adquirieron y tengan algún documento o recibo de haber pagado u obtenido ese derecho por medios lícitos bajo consentimiento de los titulares del derecho propietario (fs. 27 a 30).