SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2019-S4

Fecha: 01-Abr-2019

no es necesario la asistencia de todos los elementos previstos en el art. 30 de la CPE, para la identificación de un pueblo indígena originario campesino, habiendo más bien dispuesto que es suficiente la existencia de cualquiera de los elementos de cohesión colectiva establecidos en el art. 30 de la CPE, o aún otros siendo una norma abierta, lo que demuestra la naturaleza de pueblo indígena originario campesino, de una comunidad

La jurisprudencia citada precedentemente, de modo preciso ha establecido que no es necesario la asistencia de todos los elementos previstos en el art. 30 de la CPE, para la identificación de un pueblo indígena originario campesino, habiendo más bien dispuesto que es suficiente la existencia de cualquiera de los elementos de cohesión colectiva establecidos en el art. 30 de la CPE, o aún otros siendo una norma abierta, lo que demuestra la naturaleza de pueblo indígena originario campesino, de una comunidad.