SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0042/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0042/2019-S2

Fecha: 01-Abr-2019

i)

Ramiro Ariel Alanoca Mamani, Jefe Departamental de Trabajo de La Paz, en calidad de tercero interesado, en audiencia informó que: i) La Conminatoria de Reincorporación a favor de Micol Anush Ramos Torrez, fue emitida en virtud al informe evacuado por el Inspector de Trabajo y este a su vez en razón a las cuatro cartas de contratación emitas por el Seguro Social Universitario La Paz y al Contrato de Trabajo RR.HH. 012/2017 de 10 de enero; ii) En ese marco, tanto la RA 650/07 de 27 de abril de 2007 como el DL 16187, establecen el procedimiento para la suscripción de los contratos a plazo fijo, dentro de los que se comprenden las “bajas”, las suplencias entre otras, en ese sentido, ninguno de los referidos documentos (cartas de contratación y Contrato) fueron sometidos a verificación para luego ser “refrendados” (sic); iii) Asimismo, de la revisión del aludido Contrato de Trabajo, se tiene que este tiene por objeto la realización de tareas propias y permanentes del Seguro Social Universitario La Paz, es decir la función de Auxiliar de Enfermería; y, iv) Finalmente, de acuerdo al DL 16187 existe la tácita reconducción del contrato a plazo fijo a contrato indefinido cuando se ha suscrito más de dos contratos sucesivamente y para la realización de tareas propias y permanentes, como en el caso de autos.