SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0055/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0055/2019-S2

Fecha: 01-Abr-2019

I.3.1. Ratificación de la acción

El abogado de la empresa accionante, reiteró los fundamentos vertidos en su demanda tutelar, resaltando que, la vulneración de los derechos de la EMV, se dio por no haberse considerado su intervención como tercero interesado en el proceso contencioso administrativo deducido por el SIN Oruro, así como tampoco la contestación de la AGIT; consignando la Sentencia 401/2016, impugnada por la acción de defensa presentada, que las facturas adjuntadas por la empresa actora y por la Empresa Minera Huanuni, fueron respaldadas parcialmente, sin tomar en cuenta los montos pagados y amparados por documentación, por regalías. En ese sentido, aclaró que la regalía minera está dentro de los costos que realiza la EMV, para sacar el producto a exportar, por lo que, el monto total de la factura por la compra del concentrado de mineral de la citada Empresa, comprendería la regalía precitada.

A los cuestionamientos efectuados por el Juez de garantías, respondió que, al encontrarse la regalía dentro de la factura pagada, correspondía la devolución del monto cancelado y retenido, encontrándose ello respaldado por los arts. 12 y 13 de la Ley de Desarrollo y Tratamiento Impositivo de las Exportaciones -Ley 1489 de 16 de abril de 1993-, que fueron interpretados de manera errónea por el Tribunal Supremo de Justicia.