Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0066/2019-S4
Fecha: 05-Abr-2019
II.3.
II.3. Por Acta de Diligencia 001/2014 de 21 de abril, se puso en conocimiento del operador, tanto las observaciones emergentes de la fiscalización, calificadas como contrabando contravencional por no contar con certificado medioambiental válido emitido por el Instituto Boliviano de Metrología (IBMETRO), como el cálculo de la multa determinada en su contra, dejando constancia de que tenía el plazo de diez días hábiles para presentar descargos, firmando en constancia el ahora impetrante de tutela (fs. 181 a 185).
- acción de amparo constitucional
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegar
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III.1. La acción de amparo co
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos o garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- b.
- III.2. Sobre el principio de inmediatez.
- “
- III.3. Del marco normativo del procedimiento de fiscalización aduanera posterior.
- 1)
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR