SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0069/2019-S4
Fecha: 05-Abr-2019
II.1.
II.1. Por Auto 320/17 de 28 de agosto de 2017, la Jueza Pública Civil y Comercial Vigésima del departamento de Santa Cruz, declaró probada la excepción de prescripción planteada por Luis Canaviri Márquez (fs.1 a 3), fallo que fue recurrido en apelación por el ahora peticionante, acusando agravios referentes a que: i) Se hubiese aplicado una norma del proceso ordinario, como el art. 1497 del CC, que no fuese aplicable a un proceso ejecutivo, conforme disponía el art. 344 del Código de Procedimiento Civil (CPCabrog.), norma actualmente contenida en el art. 128 del CPC; puesto que, las excepciones en ejecución de Sentencia no están reguladas en procesos ejecutivos; y, ii) Que no se hubiesen tomado en cuenta a tratadistas, ni jurisprudencia como la contenida en la SC 1023/2010-R de 23 de agosto, que refieren sobre la imposibilidad de poder plantear excepciones en ejecución de Sentencia de un proceso ejecutivo (fs. 4 a 6 vta.).