SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0086/2019-S2
Fecha: 05-Abr-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La parte accionante centra su denuncia señalando que fue notificada el 6 de octubre de 2017, con la Resolución 0002705 de 25 de septiembre de 2017, emitida por la Comisión Nacional de Prestaciones del SENASIR, que resolvió desestimar la Renta de Orfandad Absoluta solicitada para sus hijos AA y BB, motivo por el cual, interpuso recurso de reclamación el 6 de noviembre de ese año; vale decir, dentro del plazo que establece la norma administrativa; sin embargo, la mencionada Comisión Nacional de Prestaciones, mediante Auto 0003171, declaró ejecutoriada la resolución impugnada, con el argumento que el recurso de reclamación se encuentra fuera del plazo de treinta días que establece la RM 497, sin considerar que el plazo empezó a correr al día siguiente hábil de la notificación, vale decir, el lunes 9 de noviembre del aludido año; por lo tanto, el plazo venció recién el martes 7 de noviembre del mismo año; en tal razón, alega que al rechazar el recurso formulado y no haber entrado a conocer los agravios, se lesionaron sus derechos fundamentales, consistentes en los derechos a la defensa y al debido proceso en su vertientes de fundamentación y motivación, de seguridad jurídica y de legalidad; por lo que, pide se conceda la tutela, se ordene la nulidad del Auto 0003171, y se emita uno nuevo que disponga la tramitación del recurso de reclamación y su consideración.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- concedió
- a)
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- arbitrariedad
- relevancia constitucional
- III.2.
- Fragmento 13
- III.3. El principio de seguridad jurídica y su protección cuando existe vinculación con un derecho fundamental o garantía constitucional
- debe aplicarse el estándar jurisprudencial más alto que señala que es posible la protección de los principios constitucionales cuando existe vinculación con un derecho fundamental o garantía constitucional
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO
- admite el disenso con los fallos
- La eventualidad de impugnar un fallo desfavorable, posibilita que el administrado, reclame aspectos específicos que considera injustos a sus pretensiones, fundamentando en qué grado estas omisiones o distorsiones han afectado sus derechos
- principio de la reserva legal, por la que cualquier restricción a los derechos fundamentales consagrados en la Constitución, sólo puede ser dispuesta mediante Ley de la República
- principio de la reserva legal