SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0098/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0098/2019-S2

Fecha: 05-Abr-2019

II.5.

  II.5. Ante el recurso de apelación interpuesto por la demandante de tutela contra la Resolución 0003110, reclamando el pago retroactivo de la renta de viudedad desde la fecha de fallecimiento de su cónyuge, la Comisión de Reclamación del SENASIR, emite la Resolución 011/18 de 10 de enero de 2018, a través de la cual confirma la Resolución 0003110, con el fundamento de que si bien la asegurada presentó su solicitud de renta de viudedad el 18 de diciembre de 2012, fue desestimada, siendo el Auto de Vista 106/2015 de 24 de junio, el fallo que dispone proceder al cálculo y pago de la renta de viudedad ratificado en casación mediante               Auto Supremo 111; por ello, en cumplimiento de los fallos judiciales mencionados, la Comisión Nacional de Prestaciones del SENASIR procedió a efectuar la calificación y otorgación de la renta de viudedad a partir del mes siguiente de haberse dictado el Auto de Vista 106/2015 y es en ese razonamiento que corresponde la otorgación de renta a partir del mes de julio de 2015, en cumplimiento a lo dispuesto por el art. 514 del CPC.1975       (fs. 19 a 23).