SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0109/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0109/2019-S4

Fecha: 17-Abr-2019

concedió

La Jueza de Sentencia Penal Quinto del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, por Resolución 020/2018 de 28 de noviembre, cursante de fs. 40 a 41 vta., concedió la tutela impetrada, aclarando que el señalamiento de audiencia de cesación a la detención preventiva no se efectuó por Elena Julia Gemio Limachi y Rolando Mayta Chui, –ahora demandado– disponiendo que en el día se señale audiencia de cesación de medidas cautelares a llevarse a cabo para el día 3 de diciembre de 2018, a la hora que considere conveniente, puesto que el Tribunal se encontraria con el quórum necesario, sea bajo responsabilidad de los tres jueces componentes del Tribunal accionado, ello en base en los siguientes fundamentos: 1) Mediante providencia de 21 de noviembre del 2018, se fijó audiencia de cesación de medidas cautelares para el 7 de diciembre del mismo año, a las 15:00, es decir para dentro de once días de efectuada la solicitud que data del 20 del mismo mes y año, sin contar sábados y domingo que son días inhábiles; 2) El referido señalamiento se realizó sin respetar los cinco días de plazo razonable que estableció la jurisprudencia constitucional y dentro del periodo de vacaciones, por lo que será el Tribunal de turno que deba llevar adelante el acto procesal; y, 3) Los jueces han asumido conocimiento que desde el 4 de diciembre de 2018, entra en vigencia la vacación judicial y los turnos que deben cumplir las autoridades jurisdiccionales, todo ello significa que el Juez demandado sabía que el 7 del mismo mes y año el Tribunal de Sentencia Primero estaría gozando del descanso anual.