SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0113/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0113/2019-S1

Fecha: 10-Abr-2019

1)

La peticionante de tutela, a través de su abogado en audiencia, ratificó in extenso los fundamentos de su demanda y ampliándola señaló que: 1) Trabajó como auxiliar de cocina, evidenciando que su labor es propia y permanente en esa área dentro el SSU  de Cochabamba; 2) La entidad demandada vulneró sus derechos, al otorgarle varios memorándums de suplencias, transgrediendo el art. 5 del Decreto Supremo (DS) 28699 del 1 de mayo de 2006; 3) Así también el SSU  de Cochabamba lesionó derechos de varios trabajadores al otorgarles memorándums de suplencia, pretendiendo disfrazar la relación laboral permanente y continua de los trabajadores; 4) La Jefatura Departamental de Trabajo de Cochabamba, emitió la Conminatoria para su reincorporación laboral al evidenciar que fue despedida sin justa causa; 5) La institución empleadora trató de hacer ver un supuesto abandono de trabajo “prefabricando” pruebas, siendo que la audiencia de reincorporación fue en marzo de 2018 y el 1 de agosto del mismo año le entregaron una carta notariada, haciéndole conocer un presunto abandono de funciones totalmente falso, ya que recién el 10 de julio del citado año le notificaron con la resolución administrativa que confirmó la citada Conminatoria; y, 6) Le causó sorpresa la comunicación con el supuesto abandono de trabajo mediante carta notariada; más aún, si se pretendía llegar a un acuerdo amistoso, sosteniendo para ello varias reuniones con la institución empleadora, en las cuales le insistían que firme un contrato a plazo fijo más el finiquito, propuesta que fue rechazada.

En uso de su derecho a la réplica refirió que, no existe ninguna norma que indique que los memorándums de despidos sean verbales o escritos y en su caso fue despedida de forma verbal el 14 de febrero de 2018; por lo que, tal hecho fue denunciado ante la Jefatura Departamental de Trabajo de Cochabamba.