SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0116/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0116/2019-S4

Fecha: 17-Abr-2019

1)

Franco Ovidio Sanabria Solíz a través del informe escrito de 24 de agosto de 2018 cursante a fs. 50, refirió que: 1) Evidentemente el 17 de agosto del citado año a las 09:20 a.m. se celebró audiencia de consideración de aplicación de medidas cautelares de carácter personal contra el ahora accionante, oportunidad en la que fue beneficiado con medidas sustitutivas a la detención preventiva, mismas que al parecer no fueron de su agrado e interpuso recurso de apelación incidental; 2) Se advirtió a la defensa que debía correr con los recaudos de ley, vale decir, el costo de las fotocopias para la elaboración del testimonio de apelación; sin embargo, el apelante no proveyó para una sola fotocopia; 3) Debe considerarse la abundante carga procesal que tienen todos los juzgados, donde no solo se debe atender el proceso del apelante, mas al contrario, con el escaso personal, se atienden entre seis a diez audiencias diarias, se realiza despacho diariamente, se transcriben actas y resoluciones de cada audiencia, lo que conlleva a realizar esfuerzos inclusive inhumanos, y que a pesar de los mismos no son comprendidos por las partes y algunos defensores; y, 4) Se tome en cuenta que la apelación interpuesta por el impetrante de tutela ya se encuentra radicada en la Sala Penal Primera.