SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0121/2019-S2
Fecha: 17-Abr-2019
1)
Hugo Luis Torrez Quispe, Secretario Ejecutivo de la Central Obrera Departamental (COD) de La Paz a través de su abogada manifestó que: 1) La acción tutelar presentada busca reparar el derecho de los trabajadores a un salario justo, lo cual fue avalado por el Ministerio del Trabajo, Empleo y Previsión Social, por cuanto el salario que percibían fue afectado; 2) El que la Empresa hubiera instaurado la demanda contencioso administrativa, no significa que ésta tenga que ser admitida; y, 3) Como ente matriz de los trabajadores, tienen por objeto velar que se respete el salario justo que les corresponde por haber trabajado más de treinta años en la Empresa y los derechos laborales consagrados en la Constitución Política del Estado.
Edgar Gonzales Daza, Secretario Ejecutivo de la Federación Sindical de Trabajadores de Luz - Fuerza, Telecomunicaciones y Aguas del departamento de La Paz, en audiencia señaló: La SCP 0047/2018-S1 de 15 de marzo a modulado todo lo referente al cumplimiento de las conminatorias, indicando que éstas deben hacerse cumplir en su totalidad y no por partes, conforme dispone los Decretos Supremos (DD.SS.) 28699 de 1 de mayo de 2006 y el 0495 de 1 de mayo de 2010. Tampoco es evidente que pueda obligarse a un trabajador a que éste se acoja a la jubilación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.3.
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Integración de la jurisprudencia sobre la conminatoria de reincorporación emitida por el Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social
- tomándose en cuenta la inmediatez de la protección del derecho constitucional de estabilidad laboral
- III.2. Cumplimiento integral de la conminatoria de reincorporación
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR
- CONCEDER