SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0121/2019-S2
Fecha: 17-Abr-2019
denegó
La Jueza Pública de Familia Segunda de la Capital del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, mediante la Resolución 012/2018 de 28 de septiembre, cursante de fs. 622 a 627 vta., denegó la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: i) De acuerdo a la jurisprudencia constitucional se tiene que en los casos en que el trabajador es retirado intempestivamente y sin causa legal justificada y éste opta por su reincorporación, debe denunciar éste hecho ante la Jefatura Departamental de Trabajo, instancia administrativa laboral que en aplicación del DS 0495 podrá en su caso emitir la conminatoria de reincorporación y en caso de que el empleador incumpla la misma, el trabajador podrá interponer la acción de amparo constitucional, también el trabajador tiene la opción de acudir a la justicia ordinaria, para lo cual no es necesario que sea agotada para poder acudir a la vía constitucional; ii) En atención a lo informado por la entidad demandada, se tiene que los trabajadores continúan trabajando en la Empresa lo que hace inoperante el cumplimiento de la Conminatoria de Reincorporación; iii) Existe jurisprudencia constitucional referida a los actos consentidos como las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 0054/2016-S2 y 0041/2015-S1, entre otras; y, iv) De igual forma la jurisprudencia constitucional se ha referido a su vinculatoriedad horizontal y vertical, establecida también en el art. 203 del CPE, referida a la regla de la analogía de los supuesto fácticos, entonces cuando no existe concurrencia de la analogía entre los supuestos fácticos no puede exigirse la aplicación de la jurisprudencia o el precedente obligatorio.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.3.
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Integración de la jurisprudencia sobre la conminatoria de reincorporación emitida por el Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social
- tomándose en cuenta la inmediatez de la protección del derecho constitucional de estabilidad laboral
- III.2. Cumplimiento integral de la conminatoria de reincorporación
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR
- CONCEDER