SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0136/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0136/2019-S3

Fecha: 11-Abr-2019

II.4.

II.4.  En Acta Notarial 198/2017 de 30 de agosto de 2017, elaborada por la Notaria de Fe Púbica 12 de Sucre, que certifica que la impetrante de tutela y su abogada verificaron que en el tablero de notificaciones de la Representación Distrital de Chuquisaca del Consejo de la Magistratura, no existía ninguna notificación realizada a Nilda Bedoya Guzmán y que luego de unos minutos el abogado Eulogio Guzmán Villarroel, Asesor Legal de dicha Representación, les informó verbalmente que la única constancia de dicha diligencia es la que se evidencia en la Resolución del recurso de revocatoria, no existiendo otra notificación escrita con otra fecha (fs. 12).