SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2019-S3
Fecha: 11-Abr-2019
concedió en parte
El Juez Público Civil y Comercial Decimonoveno de la Capital del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, a través de Resolución 481/2018 de 21 de septiembre, cursante de fs. 144 a 145 vta., concedió en parte la tutela solicitada, disponiendo anular la Resolución 103/2017 de 28 de noviembre; y, que los demandados emitan una nueva resolución bajo los siguientes fundamentos: a) El Auto de Vista 103/2017 no contiene los fundamentos o motivos válidos para concluir en el fondo, puesto que las autoridades demandadas debieron revisar y definir las condiciones de procedencia de la extinción de la acción penal, el cómputo de fechas para la prescripción, definir el tipo de delito, la aplicación de la Ley de Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Penal y concretar si existen nuevas causales que interrumpan el cómputo para la extinción de la acción penal, extremos que no lograron identificar; y, b) Los demandados no debieron limitarse a enunciar las omisiones en las que ingresó el Tribunal a quo, respecto a la falta de fundamentación cuando era su responsabilidad absolver todos los puntos cuestionados de “ausentes”; es decir, concretarse en el fondo sobre la improcedencia de la extinción de la acción penal.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1. La motivación y fundamentación de las resoluciones y el principio de congruencia como elementos de la garantía del debido proceso
- Fragmento 13
- III.2. Derecho a la igualdad
- Fragmento 15
- III.3. Análisis del caso concreto