SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0150/2019-S3
Fecha: 11-Abr-2019
II.1.
II.1. Por Resolución 249/2015 de 4 de agosto, el entonces Juez de Partido Civil y Comercial Primero de la Capital del departamento de La Paz, declaró probada en parte la demanda de división y partición interpuesto por Jaime Ceferino Illanes y Aida Rosario Calderón Illanes, en consecuencia dispuso que en ejecución de sentencia se proceda a la subasta y remate del bien inmueble sito en calle Monseñor Abel Antezana, zona Villa Fátima y el producto se reparta entre los cuatro herederos e improbada la demanda de daños y perjuicios, lucro cesante y daño emergente; asimismo, probada en parte la demanda reconvencional interpuesta por Luis Humberto -ahora accionante- y Emma Calderón Illanes, en cuanto a la compensación por mejoras en el inmueble objeto de litigio e improbada con relación a la construcción (fs. 25 a 31 vta.).