Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0155/2019-S3
Fecha: 16-Abr-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes a través de su representante denuncian persecución ilegal, en razón de que fueron declarados rebeldes en audiencia de juicio oral, a la cual inasistieron, debido a que no tuvieron conocimiento de la misma, ya que su abogado defensor extravió su celular no pudiéndose comunicar con ellos; sin embargo, éste hizo conocer tal extremo a las autoridades demandadas, quienes no dieron por válido el justificativo, ordenando se libre mandamiento de aprehensión en concomitancia de la declaratoria de rebeldía.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. S
- “1) No comparezca, sin causa justificada, a una citación
- debe apersonarse ante la autoridad judicial en cuyo conocimiento se encuentra la causa, por cuanto es el medio idóneo, eficaz e inmediato a disposición del imputado o procesado, no pudiendo acudir directamente ante la justicia constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- una vez declarada su rebeldía, antes de la ejecución del mandamiento de aprehensión debió acudir ante la autoridad que la emitió justificando su incomparecencia o impedimento de concurrencia a la audiencia, con el objeto de dejar sin efecto el mandamiento de arraigo y aprehensión para su comparecencia al proceso
- III.3. Consideraciones adicionales sobre la remisión de antecedentes al Tribunal Constitucional Plurinacional
- REVOCAR