SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2019-S4
Fecha: 25-Abr-2019
a)
Solicitó se conceda la tutela; en consecuencia, se restablezcan los derechos tanto de su hija como de su persona y se disponga: a) El cumplimiento de la J.D.T.L.P./48-VI-CPE/D.S.0496/066/2018 ratificada mediante RA 437-18, y por ende su inmediata reincorporación al mismo puesto que ocupaba al momento de su despido injustificado; b) El cumplimiento de las obligaciones del empleador hacia su persona; c) La cancelación de asignaciones familiares comprendidas en el subsidio de incapacidad temporal por maternidad, prenatal, natalidad y lactancia; d) La cancelación de sueldos devengados; y, e) Que el empleador otorgue amplias garantías, extensibles a terceras personas; toda vez que, el personal de confianza del restaurante la amedrenta, insulta y atosiga.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- 1)
- i)
- concedió
- II.1
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.El cumplimiento obligatorio de las conminatorias de reincorporación laboral: Reconducción de línea hacia la aplicación del estándar más alto de protección
- Se garantiza la inamovilidad laboral de las mujeres en estado de embarazo, y de los progenitores, hasta que la hija o el hijo cumpla un año de edad
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR