SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0160/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0160/2019-S4

Fecha: 25-Abr-2019

III.2. Análisis del caso concreto

         Ahora bien, en el caso analizado, la accionante denuncia que dentro del proceso ordinario de venta forzosa de inmueble seguido por Ruth del Carmen Ortiz Gutiérrez en su contra, se pronunció el Auto de 11 de julio de 2017, en mérito al cual, el Juez de la causa dispuso rechazar la solicitud de Declinatoria y Prescripción presentada por Nancy Gutiérrez de Ortiz, generando una impugnación por parte de ésta, a través del recurso de reposición bajo alternativa de apelación, el mismo que una vez remitido ante la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; mereció el Auto de 2 de octubre de 2017, en el que el Vocal integrante de la misma, Samuel Saucedo Iriarte, se apartó del conocimiento de la causa por existir una excusa formulada por su parte, con anterioridad. Ante este impedimento procesal, la otra integrante de la Sala, Irma Villavicencio Suárez, mediante decreto de 3 de octubre de 2017, convocó al Vocal Semanero de la Sala Civil y Comercial, Familiar, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar Doméstica y Pública Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, para conformar el quórum correspondiente, a efectos de resolver el recurso de reposición bajo alternativa de apelación presentado por la accionante contra el Auto de 11 de julio de 2017, remitido a su conocimiento.

Identificado el problema jurídico y coligiendo que la causa u objeto principal de la actual acción tutelar se centra en la supuesta falta de fundamentación, motivación y congruencia del Auto de Vista de 22 de febrero de 2018 emitido por las autoridades jurisdiccionales demandadas; como consecuencia de lo cual, se lesionó igualmente el debido proceso en su elemento del juez natural, corresponde a continuación verificar si el mismo, evidentemente, incurrió en las omisiones que señala la parte accionante; o al contrario se emitió dentro de los marcos de equidad y razonabilidad.