Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0166/2019-S2
Fecha: 24-Abr-2019
II.4.
II.4. El 20 de octubre de 2017, la Jueza de la causa, aprobó y homologó la conciliación requerida por el Ministerio Público y por consiguiente declaró extinguida la acción pública a favor de los acusados Mario Mamani Loayza y Celia Vargas Arispe, con el fundamento que al existir un documento transaccional definitivo, hace viable la aplicación de la salida alternativa de conciliación y homologación conforme establece el art. 27 inc. 7) del Código de Procedimiento Penal (CPP) -fs. 38 a 39 vta.-.
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II
- III.1.
- [3]
- [4]
- arbitrariedad
- una resolución será arbitraria cuando carezca de motivación o ésta sea arbitraria o insuficiente; asimismo, cuando la resolución no tenga coherencia o congruencia interna o externa
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR
- MAGISTRADA
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)