SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0176/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0176/2019-S1

Fecha: 26-Abr-2019

concedió

La Jueza Pública Civil y Comercial Segundo de Yacuiba del departamento de Tarija, constituida en Jueza de garantías, por Resolución de 14 de septiembre de 2018, cursante de fs. 297 vta. a 303, concedió la tutela solicitada, disponiendo la nulidad de la Resolución “...Tarija 29 de noviembre de 2017...” (sic), debiendo el Fiscal Departamental de Tarija, emitir una nueva Resolución dentro el plazo de cinco días a partir de su legal notificación, conforme señala el art. 324 del CPP; asimismo, declaro “sin lugar” la remisión de antecedentes ante el Ministerio Público, por cuanto concurrió confusión entre las siglas del Gobierno Autónomo Municipal de Yacuiba y la del Gobierno Autónomo Regional del Gran Chaco, antes Sub gobernación; determinación asumida, en base a los siguientes fundamentos: 1) De la revisión del cuaderno de investigación, se constata que en el requerimiento fiscal emitido por Cristina Baldiviezo S. Fiscal de Materia, se ordenó erróneamente al responsable de la AFP BBVA Previsión S.A. Regional Yacuiba, que “...extienda un informe pormenorizado si el Gobierno Autónomo Municipal de Yacuiba GAMY tiene saldos correspondientes al pago de aportes respecto a los meses de junio y julio de 2014, de ser evidente...” (sic), y no así respecto del Gobierno Autónomo Regional del Gran Chaco; consecuentemente,       el informe librado por el representante de la mencionada entidad, es con relación al “...GAMY (Alcaldía de Yacuiba)...” (sic), y no así sobre el Gobierno Autónomo Regional del Gran Chaco (antes Sub gobernación); 2) En ese entendido, se desconoce de manera cierta si la deuda por los meses de junio y julio de 2014, subsiste y/o fue cancelada por el imputado; por consiguiente, no se podría sobreseer a un imputado sin prueba idónea o plena prueba.