SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0189/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0189/2019-S3

Fecha: 30-Abr-2019

NO TENGO TIEMPO, QUE NO LE CORRERÍA PLAZO ALGUNO, QUE SI QUIERE LO ARA, QUE LO DENUNCIAMOS, QUE YA COMUNICO ESTE EVENTO A LA CIUDAD DE POTOSI…

Se apersonó en varias oportunidades al referido Juzgado, solicitando la remisión  de su apelación, enterándose que faltaba el acta de aplicación de medidas cautelares, lo que deja en total inseguridad jurídica su situación procesal, lo que motivó a que se apersone ante la Secretaria del Juzgado Público Civil y Comercial Primero de Villazón del departamento de Potosí en suplencia legal, para implorarle pueda labrar dicha acta, no obteniendo respuesta favorable alguna, mas al contrario habría indicado “NO TENGO TIEMPO, QUE NO LE CORRERÍA PLAZO ALGUNO, QUE SI QUIERE LO ARA, QUE LO DENUNCIAMOS, QUE YA COMUNICO ESTE EVENTO A LA CIUDAD DE POTOSI…” (sic), inobservancia propia a su labor que repercute negativamente en el ejercicio de sus derechos y garantías constitucionales.