SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0193/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0193/2019-S3

Fecha: 30-Abr-2019

c)

c)   “…la Juez inferior al admitir la solicitud de devolución de motorizado,  ha procedido de forma incorrecta; además de que el auto interlocutorio de fecha 09 de mayo de 2.016 no cumple con las formalidades exigidas por el Art. 124 del Código de Procedimiento Penal, ya que la Juez no ha explicado de forma detallada cuáles son los motivos y argumentos o fundamento por los cuales apoya su decisión…” (sic).

Al respecto, corresponde precisar que, conforme a la jurisprudencia transcrita en el Fundamento Jurídico III.1 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional, forma parte del debido proceso el derecho a la fundamentación y motivación de las resoluciones, aspecto que se trasunta en la exposición de razones, el valor otorgado a las pruebas y no limitarse a la simple mención de antecedentes o documentación, asimismo debe ser clara la existencia de una estructura de forma y fondo que permita comprender los argumentos vertidos.

En el caso que nos ocupa, el Auto de Vista 144 rechazó en grado de apelación el incidente de devolución de vehículo a través de una explicación suficientemente sustentada de las razones jurídicas y fácticas del caso concreto, existiendo una estructura de forma y fondo y en consecuencia la explicación debidamente sustentada de las cuestiones consideradas.

En ese entendido, se expuso que el proceso en cuestión se encuentra en plena etapa investigativa y que aún existen diligencias a ser realizadas, aspecto que imposibilita la devolución del vehículo mencionado; asimismo, si bien el objeto de la referida causa recae sobre la documentación cuestionada, sin embargo la misma sostiene la transferencia del bien mueble sujeto a registro cuya devolución es reclamada, recayendo dichos documentos sobre la titularidad del citado bien, aspecto que motivó a las autoridades demandadas concluir que la devolución dispuesta por el a quo no es correcta.