SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0207/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0207/2019-S3

Fecha: 30-Abr-2019

III.2.  Análisis del caso concreto

En el presente caso se tiene como antecedentes la SCP 0235/2017-S2 de 20 de marzo, que confirmó totalmente la Resolución de 17 de enero de 2017, Resolución que en su cuerpo consignó la intervención de la tercera interesada Zandra Lourdes Cisneros Figueroa de Zerdas, cuyo abogado fue el actual accionante (Conclusión II.1); quien, mediante  memorial presentado el 20 de octubre de igual año, pidió ante la autoridad demandada -Jueza de garantías de la acción mencionada- liquidación de honorarios profesionales y su pago a tercer día (Conclusión II.2), emitiéndose en consecuencia el Auto Interlocutorio 130 de 15 de junio de 2018, por el que la Jueza antes citada procedió a regularlo en la suma de Bs300 a favor de “Erland Lazcano Hurtado” y en copatrocinio, a ser cancelado en el plazo de tres días por la interesada líneas arriba (Conclusión II.3); decisión comunicada al demandante de tutela el 27 de junio de 2018, a través del formulario de citación y notificación cursante a fs. 13 (Conclusión II.4).