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    VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0186/2019-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0186/2019-S2

    Fecha: 24-Abr-2019

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    • Partes:                              Gardenia Barboza Vaca
    • Fragmento 2
    • REVOCAR en parte
    • II FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA
    • a)
    • II.1.    Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • II.2.    Los principios de la actividad administrativa, el acto administrativo y el debido proceso administrativo
    • 1)
    • 3)
    • 4)
    • principios sancionadores
    • II.2.2.     El acto administrativo y sus requisitos esenciales, en especial la competencia
    • son válidas y producen sus consecuencias en la medida que estén enmarcadas en los lineamientos y contenidos propios de la Norma Suprema del Estado y otras disposiciones normativas vigentes, añadiendo que mientras los actos cumplan con los requisitos de validez y eficacia
    • un acto administrativo es sujeto a nulidad, revocación, modificación o reforma, únicamente a través de una resolución de la misma o superior jerarquía y que sea pronunciada por autoridad competente,
    • en cuanto a la competencia
    • I.
    • II.
    • legislativas
    • no fue emitida en el ámbito de las facultades que le son reconocidas en la Constitución Política del Estado
    • Fragmento 20
    • Fragmento 21
    • c)
    • d)
    • e)
    • -
    • Sentencia Constitucional Plurinacional 0003/2018-S2 de 21 de febrero
    • debió en todo caso, bajo la figura del recurso de revocatoria, resolver el tema de fondo planteado por el ahora accionante
    • II.3.
    • En ese sentido la referida Sentencia Constitucional Plurinacional, sobre la base de los fundamentos jurídicos de este Voto Disidente, debió realizar el siguiente análisis del caso concreto:
    • los actos, decisiones y resoluciones administrativas, para tener validez, deben ser dictadas por autoridad competente
    • conceder en parte
    • MAGISTRADA

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