Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0115/2019-CA
Fecha: 27-May-2019
en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes
Por su parte el art. 73.2 del Código Procesal Constitucional (CPCo), estipula que la acción de inconstitucionalidad concreta procederá: “…en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales”.
- promovió
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- Fragmento 3
- I.4. T
- II.1. Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes
- entienda que la resolución del proceso judicial o administrativo, depende de la constitucionalidad de la norma contra la que se promueve la acción
- A su vez se constituye en una acción directa, porque a través de ella la autoridad legitimada efectúa la impugnación sin que la supuesta incompatibilidad esté vinculada a la solución de un caso concreto
- II.3. Análisis del caso concreto
- carácter normativo
- REVOCAR