AUTO CONSTITUCIONAL 0117/2019-CA
Fecha: 28-May-2019
I.1. Síntesis de la solicitud de parte
Por memorial presentado el 6 de mayo de 2019, cursante de fs. 1 a 9 vta., el accionante manifestó que la Asamblea Legislativa Departamental de La Paz emitió la Resolución 197/2018-2019, mediante la cual resolvió aprobar la moción de censura en su contra como Gerente General de la Empresa Pública Departamental Estratégica de Aguas La Paz “EDALP”, debiendo ser destituido de manera inmediata de su cargo, lo cual -señaló- vulnera sus derechos constitucionales, toda vez que dicha Resolución fue emitida en aplicación de la Ley Departamental 177 en su art. 42.4 y 5; sin haberse realizado una investigación y valoración técnica sobre los hechos en los que basaron la moción de censura.
Promovió la presente acción de inconstitucionalidad concreta contra las normas denunciadas porque fueron, son y serán aplicadas en el proceso administrativo fiscalizador y la decisión que surja del mismo. Proceso del cual emergió la Resolución 197/2018-2019 emitida por el Pleno de la Asamblea Legislativa Departamental de La Paz, mediante la cual se pronunció la referida moción.
- Félix Patzi Paco
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- Fragmento 3
- I.3. Resolución de la autoridad administrativa consultante
- II.1. Normas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- el peticionante debe efectuar una fundamentación clara y precisa, acorde a las exigencias establecidas en el Código Procesal Constitucional, en la medida que esta jurisdicción adquiera duda razonable sobre la presunta inconstitucionalidad de la norma legal impugnada
- fundamentación exigida en el art. 24.I.4 del CPCo, cuyo incumplimiento es sancionado con el rechazo de la acción, conforme estipula el art. 27.II. inc. c) del mismo Código
- también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada
- II.4. Análisis del caso concreto
- 2° RECHAZAR