AUTO CONSTITUCIONAL 0122/2019-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0122/2019-RCA

Fecha: 02-May-2019

Fragmento 12

En el caso en análisis, el Tribunal de garantías, otorgó a la accionante el término de tres días, para subsanar lo siguiente: 1) Respecto al art. 33.2. del CPCo, en cuanto a la legitimación pasiva, que la parte accionante deberá aclarar tomando en cuenta la SCP 0896/2013; 2) Señalar con precisión cuál el acto ilegal o la omisión indebida en la que incurrieron las autoridades demandadas; 3) Indicar de manera expresa y precisa cuáles son los derechos y garantías constitucionales que hubieran sido restringidos, suprimidos o amenazados, de acuerdo a lo previsto en el     art. 33.5 del citado Código; y, 4) Demostrar cuál el nexo causal existente entre el acto ilegal u omisión indebida imputables a los demandados y los derechos mencionados como lesionados.