AUTO CONSTITUCIONAL 0122/2019-RCA
Fecha: 02-May-2019
I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
Por memoriales presentados el 5 de diciembre y 21 de “noviembre” de 2018, cursantes de fs. 130 a 140 vta. y 153 a 156 vta., la accionante señala que, el 14 de marzo de 2016 fue notificada con la Resolución Inicial Administrativa Disciplinaria Interna GAMEA/AUT-SUM/002/2016 de 10 de febrero; por el que, se dispuso el inicio del proceso sumario interno administrativo y la suspensión de funciones a efectos de dejar constancia y registro de responsabilidad, por presuntamente incumplimiento de deberes y obligaciones, cuando ya había transcurrido más de dos años de la supuesta contravención al ordenamiento jurídico administrativo, produciéndose por ello la prescripción señalada en el art. 16 del Decreto Supremo (DS) 23318-A de 3 de noviembre de 1992, y lo que fue solicitado en el memorial de 28 de marzo de 2016.
El 20 de abril del mismo año, fue notificada con la Resolución Final Administrativa Disciplinaria Interna GAMEA/AUT–SUM/03/2016 de 5 de abril, que resolvió declarar su responsabilidad administrativa, contra esta Resolución planteó impugnación, la cual fue ratificada a través de la Resolución de Revocatoria GAMEA/AUT-SUM/002/2016 de 6 de mayo; por lo que, interpuso el recurso jerárquico, que ameritó el pronunciamiento de la Resolución Administrativa de Recurso Jerárquico de 10 de agosto de 2016, que ordenó la anulación de obrados, lo que dio lugar a que se emita la Resolución de Revocatoria GAMEA/AUT-SUM/001/2018 de 19 de marzo, que dispuso revocar en parte la aludida Resolución Final Administrativa citada en líneas superiores; consiguientemente, interpuso recurso jerárquico solicitando la anulación de obrados y declare la prescripción invocada.
La Resolución Administrativa de Recurso Jerárquico DAM/DGAL 3/18 de 11 de junio de 2018, confirmó la resolución de revocatoria, determinación que lesiona sus derechos, en razón a que, no se pronunciaron respecto a la petición de excepción de prescripción ni valoraron la reciente prueba emitida por la Contraloría General del Estado (CGE), dejándola en completa indefensión respecto a sus garantías constitucionales.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- a)
- 1)
- por no presentada
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- es posible el planteamiento de la demanda contra la actual autoridad;
- en razón a cambios continuos de la administración pública es posible demandar contra el cargo o la función pública en cuyo ejercicio pudieron cometerse los actos violatorios denunciados,
- resulta admisible la legitimación pasiva de la anterior persona o autoridad responsable del acto que cuenta con responsabilidad personal y a la vez de la nueva persona o autoridad que cuenta con responsabilidad institucional o simplemente de esta última
- la exposición de los hechos, la identificación de los derechos o garantías que se consideren vulnerados y el petitorio que se solicita; no alude al nexo de causalidad que deba existir entre los mismos,
- la exigencia de exponer el nexo de causalidad entre estos, al ser una exigencia de fondo, podrá ser enmendada incluso en la audiencia de garantías a tiempo fundamentar su acción tutelar
- Fragmento 12
- i)