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    AUTO CONSTITUCIONAL 0124/2019-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0124/2019-RCA

    Fecha: 02-May-2019

    I.2.

    La parte accionante considera la lesión de sus derechos al trabajo y a participar libremente en el ejercicio de funciones públicas, al debido proceso, a los servicios básicos como el gas domiciliario, citando al efecto los arts. 20.I, 26.I, 115.II y 117.I de la Constitución Política del Estado (CPE).

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • I.2.
    • Fragmento 4
    • improcedencia
    • i)
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal
    • la naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional y las excepciones
    • Dentro de esos supuestos excepcionales, en los que el amparo entra a tutelar de manera directa e inmediata, prescindiendo inclusive de su carácter subsidiario, está la tutela contra acciones o medidas de hecho cometidas por autoridades públicas o por particulares,
    • no pretender hacer justicia por mano propia ni arrogarse atribuciones no reconocidas por ley, dado que las acciones de hecho constituyen la negación de: ‘…un Estado de derecho, todos los habitantes y las organizaciones que los representa deben ceñir su conducta a lo dispuesto por el ordenamiento jurídico nacional, sin que les esté permitido pretender hacerse justicia por mano propia o arrogarse atribuciones que no les están reconocidas en la ley…
    • II.3.  Análisis del caso concreto
    • II.5.  Otras consideraciones

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