AUTO CONSTITUCIONAL 0126/2019-RCA
Fecha: 08-May-2019
acción de cumplimiento
En revisión la Resolución 004/2019 de 15 de marzo, cursante de fs. 124 a 126, pronunciada dentro de la acción de cumplimiento interpuesta por Manuel Jiménez Galarza, Marco Antonio Schlink Suárez, Álvaro Alejandro Velásquez Dabdoub, Pablo Alejandro Javier Estenssoro Quintanilla, Walter Javier Gandarillas Lobo, Efraín Fernando Canelas Villarroel, Luis Alejandro de Ugarte Meleán, Santiago Quiroga Conti, Wálter Eduardo Antezana Achá, Miguel Ángel Echevarría Justiniano, Gustavo Marcelo Quiroga Vargas, Pablo Eduardo Aramayo Jordán, Bryan Alexis Coimbra Gorianz, Ignacio Salazar López, Laura Fernanda Arakaki Arauz, Wilson Herbert Peredo Zapata, César Adolfo Rudón Sánchez, Oscar Alberto Fernández Farell, Víctor Hugo Arévalo Arroyo, Daniel Urquieta Pinell, Eduardo Jaime Torrico Galindo, Helen Gabriela Gutiérrez Romero, Hernán Andrés Deheza Aliaga y Fabián Alfonso Canedo Terceros contra Celier Aparicio Arispe Rosas, Director Ejecutivo a.i. de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC).
- acción de cumplimiento
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- a)
- 1)
- improcedencia
- i)
- Fragmento 7
- d) Dentro de procesos o procedimientos administrativos en los cuales pueda demandarse la lesión de derechos fundamentales en cuyo caso por regla general procede la acción de amparo constitucional
- la acción de cumplimiento, conforme a la causal contenida en el art. 66.4 del CPCo, no procede para peticionar el cumplimiento de la omisión del deber omitido por una autoridad pública, de la Administración Pública o Autonómica, que en el ejercicio de sus competencias públicas asignadas por la Constitución y la ley conforme a ella, conoce y resuelve procesos o procedimientos propios de la administración o ejerce la potestad administrativa sancionadora, en los que se vulneren derechos y garantías que son objeto de protección de la acción de amparo constitucional
- II.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR