AUTO CONSTITUCIONAL 0143/2019-RCA
Fecha: 28-May-2019
improcedente
La Sala Constitucional Segunda del departamento de Santa Cruz, por Resolución 09/19 de 12 de abril de 2019, cursante de fs. 2084 a 2085 vta., declaró improcedente por subsidiariedad la acción de amparo constitucional, en base a los siguientes fundamentos: a) Se pretende activar este mecanismo de control tutelar contra la ejecución del mandamiento de desapoderamiento de 14 de marzo de 2019, pese haber presentado un recurso de apelación que se encuentra pendiente de resolución, mismo que fue objeto de un incidente que fue rechazado; y, b) La sola invocación a la excepción del principio de subsidiariedad sin prueba documental suficiente que acredite la incapacidad de la accionante y la existencia formal y real de menores, limitándose a ofrecer fotografías, no constituye carga probatoria suficiente para determinar si corresponde o no aplicar dicha excepción al caso.
- Fragmento 1
- Fragmento 2
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- improcedente
- 1)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados”
- II.2. De la excepción al principio de subsidiariedad en la acción de amparo constitucional en personas con discapacidad
- no hace obligatorio acudir previamente a esos organismos para interponer el amparo constitucional y declararlo improcedente por su carácter subsidiario
- Fragmento 10
- II.3. Análisis del caso concreto
- II.4. Cumplimiento de los requisitos de admisión