AUTO CONSTITUCIONAL 0152/2019-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0152/2019-RCA

Fecha: 29-May-2019

inmediatez

En ese marco, cabe precisar que en la presente acción de defensa no se advierte la existencia de causales de improcedencia, previstas en los arts. 53, 54 y 55 del CPCo; es decir, la inobservancia a los principios de inmediatez; ya que, con la Resolución 70/2018, que resuelve la explicación, complementación y enmienda, el impetrante de tutela fue notificado el 11 de septiembre de 2018 y la presente acción fue planteada el 11 de marzo de igual año, encontrándose dentro de plazo de los seis meses; en cuanto a la subsidiariedad, conforme al art. 5.II de la Ley 620 de 29 de diciembre de 2014, contra el fallo que resuelve el proceso contencioso administrativo no existe recurso ulterior, evidenciándose de ello que se agotó la vía a objeto de plantear esta demanda.