DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2019

Fecha: 07-May-2019

II.3.

II.3.       Corre Informe Técnico GAMCD OF-M.A.- 011/2018 de 11 de junio de la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Productivo del Gobierno Municipal de Caiza “D”; en cuyo antecedente se informa que en una reunión de la comunidad Chilacaya y operadores mineros, acordaron la construcción de un badén y el cierre del camino; sin embargo, Vidal Huallpa Quiñones no respetó lo pactado, habiéndosele convocado en tres oportunidades a reuniones de conciliación, en las que no participó y, más al contrario, realizó la apertura de un camino alterno a su mina, sin consultar previamente a la comunidad, provocando un daño al medio ambiente puesto que no cuidó el manejo de residuos sólidos y la contaminación, afectando de manera directa a la comunidad de Caltapi Puncu, quienes hicieron llegar a esa instancia la denuncia respectiva (fs. 57 a 68).

Con estos antecedentes, recomendó que la Unidad de la Madre Tierra de la Gobernación y a la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM), tomar acciones inmediatas contra el operador Vidal Huallpa Quiñones y la concesionaria minera “La Veloz”, por daño al medio ambiente, en concordancia a la Ley del Medio Ambiente –Ley 1333 de 27 de abril de 1992– y la Ley de Gestión Integral de Residuos –Ley 755 de 28 de octubre–.