II.2.
II.2. Conforme acta de Audiencia Pública de Salida Alternativa de Procedimiento Abreviado de 3 de diciembre de 2018, se dictó sentencia condenatoria en contra de Nedson Taraña Zurita por el delito de Violencia Familiar o Doméstica, debiendo cumplir la condena de tres años de reclusión en el Centro Penitenciario San Pablo de Quillacollo del departamento de Cochabamba. En la misma, respecto a la petición de suspensión condicional de la pena, la autoridad jurisdiccional -ahora demandada-, rechazó dicha solicitud aludiendo que en el Certificado del REJAP se encuentran dos registros de declaratorias de rebeldía que pueden concluir en sentencias y otras resoluciones, señalando que el imputado -ahora accionante- no se encuentra sin antecedente alguno; del mismo modo, se considera la oposición por parte del Ministerio Público y la víctima. A momento de ser notificados con dicho fallo, enfatizó “…pudiendo recurrir de apelación de la resolución última emitida dentro del término que establece la ley” (sic [fs. 29 a 34 vta.]).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- subsidiariedad excepcional
- tratándose de solicitudes de suspensión condicional de la pena, cabe señalar que deben ser resueltas por la misma autoridad judicial que dictó la sentencia; la cual, de acuerdo al art. 403.9 del CPP, pueden ser apeladas incidentalmente
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR
