SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0193/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0193/2019-S1

Fecha: 07-May-2019

concedió

El Juez Público de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Ivirgarzama del departamento de Cochabamba, mediante Resolución de 11 de octubre de 2018 cursante de fs. 36 a 38 vta., concedió la tutela solicitada, disponiendo que en el plazo de tres días, la parte demandada otorgue respuesta formal favorable o desfavorable respecto a las peticiones formuladas mediante cartas de 21 de mayo y 30 de julio ambas de igual año, en su caso indique la autoridad ante quien debe recurrir a efectos de hacer efectivas sus peticiones; bajo los siguientes fundamentos: a) La accionante demostró ser afiliada de la ASAPA, como también que realizó peticiones reiteradas al presidente de dicha Asociación, mismas que no fueron respondidas “hasta la fecha”; b) La aseveración efectuada por la parte demandada respecto a que se hubiera dado “actos” de contestación en una “audiencia de conciliación”, no cuenta con documentación que acredite ese aspecto; c) Los documentos que se presentó en audiencia de acción de amparo constitucional, tanto por la parte demandada como por el tercero interesado no evidencian o demuestran que las peticiones efectuadas por la ahora impetrante de tutela hayan tenido contestación o respuesta oportuna; y, d) En el caso de autos la prenombrada se constituye en una “peticionaria” debido a que se encuentra debidamente identificada, tanto en su condición de afiliada como de persona individual.