SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0193/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0193/2019-S4

Fecha: 09-May-2019

1)

La accionante en audiencia, a través de su abogado, ratificó los términos de la acción presentada y ampliándola, señaló lo siguiente: 1) Si se realiza una contrastación entre la fecha de la Resolución del recurso jerárquico y el memorándum de destitución, se puede observar que la administradora de la CNS, incumplió la Resolución de una autoridad sumariante, por lo que podría ser responsable administrativa e inclusive penalmente por incumplimiento de deberes, establecido en el art. 154 de la Ley Marcelo Quiroga Santa Cruz –Ley 004 de 2010–, al no haber efectivizado en su momento el despido de la accionante; 2) Todos los profesionales en salud están regidos por la Constitución Política del Estado, la –Ley 3131 de 8 de agosto de 2005– Ley del Ejercicio del Profesional Médico, y su decreto reglamentario Decreto Supremo (DS) 28562 de 22 de diciembre de 2005, que se encuentra vigente, en cuyo art. 24, establece que la finalización del cargo médico-empleado puede concluir por exoneración, pero previo sumario y proceso institucional con la participación obligatoria del Colegio Médico; 3) La procesada, recibió una doble sanción, puesto que antes de ser sometida al proceso, recibió dos memorándum de llamadas de atención, los cuales fueron utilizados dentro del proceso sumario, que fue abusivo y manipulador al valorar pruebas de gestiones pasadas; y, 4) La peticionante de tutela no activó la vía constitucional, ante el silencio administrativo que se produjo con la impugnación, demostrándose que el memorándum de destitución, fue recibido siete meses después de la emisión de la resolución emitida dentro del recurso jerárquico, que se notificó; pero sin embargo, no fue cumplido oportunamente.