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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0217/2019-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0217/2019-S2

    Fecha: 10-May-2019

    Fragmento 13

    v) No corresponde condicionar la remisión de antecedentes del recurso de apelación al tribunal superior con el cumplimiento de la provisión de recaudos de ley dispuesta por la autoridad judicial, y menos puede computarse el plazo de veinticuatro horas previsto en el art. 251 del CPP, a partir que el recurrente otorga dichos recaudos, en virtud a los principios de gratuidad, pro actione, y los derechos de impugnación y acceso a la justicia.

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • 1)
    • i)
    • concedió en parte
    • II.1.
    • II.2.
    • Fragmento 8
    • III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho, y el plazo para resolver el recurso de apelación incidental de medidas cautelares
    • al traslativo o de pronto despacho
    • a)
    • de manera excepcional
    • Fragmento 13
    • sin más trámite y en audiencia,
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR
    • excepción

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