Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0224/2019-S1
Fecha: 07-May-2019
Fragmento 11
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado; los arts. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional y 44.1 del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve, CONFIRMAR la Resolución 07/2018 de 12 de octubre, cursante de fs. 1188 vta., a 1194, pronunciada por la Jueza Pública de Familia Decimoprimera del departamento de Santa Cruz; y, en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, haciendo constar que no se ingresó al análisis de fondo de la problemática planteada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- i)
- III.1. Sobre el principio de inmediatez presupuesto procesal constitucional de inexcusable cumplimiento. Jurisprudencia reiterada
- la activación de esta garantía jurisdiccional depende que su interposición se realice en un plazo razonable, que la Norma Fundamental fijó en seis meses computables a partir de la comisión del acto ilegal u omisión indebida del servidor público o del particular, o de notificado con la última decisión judicial o administrativa
- Fragmento 11